Defensa del Triángulo Terrestre PDF Imprimir E-mail
Sábado, 28 de Junio de 2014 17:01

 

Si bien es cierto que la CIJ en el párrafo 175, manifiesta que “no tiene la facultad para pronunciarse sobre la ubicación del punto Concordia, donde comienza la frontera terrestre”; al mencionar expresamente este punto, reconoce la existencia del punto Concordia. Sin embargo, la Corte al disociar el inicio de la frontera marítima (PIFM) del punto Concordia, ha generado un nuevo límite fronterizo: entre el territorio peruano y el mar chileno, precisamente representado por la línea de base que se pretende eliminar en el artículo 6to.

Este artículo 2do, no es necesario, porque en el párrafo 175, como hemos visto anteriormente, la Corte reconoce que la frontera terrestre comienza en el Punto Concordia, el cual contradictoriamente se estaría dejando sin efecto, según el artículo 6to antes citado.

En ningún caso podría aceptarse que el litoral peruano finaliza en el PIFM (Punto de Inicio de la Frontera Marítima), en proyeccion del paralelo del Hito Nro 1; pues la costa del Perú se extiende de forma inalienable hasta el Punto Concordia.

 

Recomendaciones para modificar la actual propuesta normativa de la referencia.-

  1. Anular el artículo 2do por insuficiente y contradictorio a la defensa de los intereses peruanos, frente a la pretensión chilena de adjudicarse la soberanía del triángulo terrestre de 3.7 ha, ya que uno de cuyos lados sería justamente la línea de base que el proyecto pretende eliminar en el artículo 6to, al dejar sin efecto el punto 266 o Concordia.
  2. Cambiar de nombre al punto 266 y denominarlo Concordia, mencionado por el Fallo en su párrafo 175. Al mismo tiempo calcular –unilateralmente- y registrarla en la ley, las coordenanas geográficas del punto Concordia, teniendo en cuenta los trabajos de la demarcación mixta de 1930 y los que se realizaron últimamente en el 2014, según el Fallo, para establecer un plano común de baja marea en la zona fronteriza común.
  3. Finalmente, la ley debe decir, que en cumplimiento del Fallo, el sector de la línea de base entre el punto 265A (PIFM) y el Punto Concordia (antiguo 266), se ha constituído en una frontera de costa seca, entre el mar chileno y el territorio peruano.

El Consejo Directivo

Junio 28, 2014


 

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