Sobre el triángulo terrestre |
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Artículos |
Jueves, 22 de Octubre de 2015 18:29 |
El Grupo Basadre desea insistir en su preocupación, ante la permanente mala fe con la que actúa Chile, esta vez a través de organismos internacionales, donde últimamente por la demanda de Bolivia ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), ha pretendido, una vez más, cambiar el punto de inicio de nuestra frontera terrestre común en el Océano Pacífico, hacia el “Punto 1”, el mismo que se encuentra desplazado tierra adentro y que Chile desearía que reemplace al Punto “Concordia”. Sobre este tema, es importante recordar lo que nuestro Grupo observó durante el 2014, a partir del proceso de demarcación del Fallo de la CIJ sobre la frontera marítima común y las intenciones de Chile a fin de desconocer el Punto “Concordia” como punto de inicio de la frontera terrestre común en el Océano Pacífico. La línea de Base, la cual en ese sector sigue la línea de baja marea, fue el elemento técnico internacionalmente reconocido para establecer, desde el 2005, el punto 266[1] o el punto final de la línea de costa peruana en el sur, punto que coincide con el Punto Concordia tal como lo define el Tratado de 1929. No se determinó como Punto Concordia ya que sus coordenadas geográficas no tenían un valor común establecido bilateralmente, pero se tiene la referencia debidamente protocolizada la cual debe ser interpretada de buena fe por la lectura de los acuerdos internacionales. No obstante lo dicho, el Gobierno promulgó la ley 30233 publicada el 11 de julio de 2014 que deja sin efecto el Punto Concordia lo que traía como resultado eliminar el sector de la línea de baja marea entre el inicio de la frontera marítima y el Punto Concordia, permitiendo que la línea de base chilena pudiese interpretarse como que se extiende por el territorio peruano. Porque al eliminarse el punto 266 del sistema de líneas de base no se tendría como unir el Punto Concordia con el Punto 265-A (PIFM y quedaría recortada la costa peruana en Tacna. La Constitución Política del Perú implícitamente establece que las líneas de base no solo sirven para medir los espacios marítimos, sino también para separar la tierra del mar; es decir, a partir de donde se mide nuestro Dominio Marítimo. Por tanto la nueva ley 30233, podría conducir a debilitar la posición del Perú en una eventual defensa de nuestra soberanía sobre el territorio de 3.7 has., ante la pretendida ambición chilena de apoderarse una vez más de lo que no les pertenece e incumplir sus acuerdos internacionales”. ¿Porqué afirmamos que el triángulo terrestre absurdamente pretendido por Chile es peruano? El Tratado de 1929 de paz amistad y límites, delimitó definitivamente la frontera terrestre entre Perú y Chile y la línea limítrofe nace en la costa del Océano Pacífico en un Punto, denominado por el propio tratado “Concordia”, a diez kilómetros del puente del ferrocarril Arica – La Paz. Durante el proceso de demarcación se acordó bilateralmente que el límite fronterizo correría hacia el mar mediante un arco de círculo hasta el Punto Concordia; esta línea fue graficada en planos y referida a hitos en documentos debidamente protocolizados por ambos países; por lo tanto, Chile NO puede pretender extender su soberanía al norte de la línea de la Concordia; las 3.7 ha del triángulo formado por el Punto Concordia, el Hito Nro 1 y el Punto de inicio de la frontera marítima (PIFM) es totalmente peruano porque se encuentra al norte de frontera terrestre vigente desde 1930. Ante la absurda maniobra pretendida por Chile y denunciada por el Grupo Basadre, el Gobierno peruano publicó con fecha 19 de agosto del 2014, el Decreto Supremo Nro 035-2014, mediante el cual se aprueba una nueva carta que sustituye al gráfico del límite exterior sector sur – del dominio marítimo del Perú, y en su artículo segundo dice: (…) “sin afectar de modo alguno la intangibilidad de la frontera terrestre ni del inicio de esta en el Punto Concordia, que se mantiene inalterable,”(…). Sin embargo, el Grupo Basadre reitera que esta saludable rectificación es insuficiente, porque no tiene rango de ley y además solo se refiere a la posición del Punto Concordia mas no legaliza la nueva línea de costa seca generada por la Corte al desplazar el Punto de Inicio de la Frontera Marítima (PIFM) hacia el norte del Punto Concordia, el cual constituye el inicio de la frontera terrestre en el Océano Pacífico. Los pronunciamientos que se acompañan segundamente demuestran la preocupación del Grupo Basadre y se publican para que la población del país reciba información adecuada sobre el tema. Lima, 08 octubre de 2015
PUNTO CONCORDIA Y TRIÁNGULO TERRESTRE |